martes, 2 de febrero de 2016

DERECHO CIVIL

El derecho está inspirado en principios de justicia y permite desarrollar las leyes que regulan el funcionamiento de una sociedad. Civil, por su parte, se refiere a lo relativo a los ciudadanos o a las ciudades

e conoce como derecho civil a aquél que se encarga de regir los vínculos privados que las personas establecen entre ellas. Está formado por las reglas jurídicas que articulan las relaciones patrimoniales o personales entre individuos (personas físicas o personas jurídicas). La finalidad del derecho civil es preservar los intereses del sujeto a nivel patrimonial y moral.
Esta rama del derecho acepta a cada ser humano como sujeto de derecho, independientemente de sus actividades particulares. Por lo general, está compuesto por las normas que forman parte del código civil.

En el derecho anglosajón, se reconoce como derecho civil al derecho continental (o civil law) y al derecho positivo (en oposición al derecho natural).
El derecho civil, por lo tanto, comprende el derecho de las personas (regulando su capacidad jurídica), el derecho de familia, el derecho de bienes, el derecho de las obligaciones y los contratos, el derecho de sucesiones y las normas de responsabilidad civil, por ejemplo.
Para entender la rama del derecho civil, es necesario conocer la noción de derecho natural, que es la agrupación de los principios, inspirados en la naturaleza, de aquello que se considera como justo o injusto. Estos derechos (inalienables y universales) se concretan mediante el derecho positivo o efectivo.

El derecho positivo, a su vez, puede dividirse en derecho privado y derecho público. En su sentido más amplio, el derecho civil se emplea como sinónimo de derecho privado, ya que comprende las reglas vinculadas al Estado y a la capacidad de los individuos.
El matrimonio entre personas del mismo sexo

La importancia del matrimonio homosexual, también denominado gay o igualitario, es que valida legalmente la unión entre dos personas del mismo género, contemplando tanto la relación como la convivencia, y ofreciendo los mismos derechos de los cuales gozan las parejas heterosexuales. Asimismo, se imponen las mismas obligaciones y requisitos.
Si bien hay evidencias de matrimonios de este tipo que datan de siglos atrás, el aparentemente necesario retroceso cultural que caracteriza a la especie humana ha conseguido que esto se convirtiera en un problema, y sus primeras soluciones aparecieron en los últimos años. El primer sitio en el mundo en que esta institución fue reconocida fue los Países Bajos, en el año 2001, al cual siguieron once países y regiones de otros tres. Pero esto no es simplemente una cuestión de tiempo; en muchas sociedades, es impensable siquiera el hecho de ser abiertamente homosexual, ya que en más de un caso puede ser condenado con la muerte.
Las instituciones civiles llamadas parejas de hecho o uniones civiles son otras opciones de legalización de la convivencia entre dos personas del mismo sexo, que en algunos países coexisten con la posibilidad del matrimonio, y en otros, o en ciertas comunidades, es la única que se ofrece actualmente a dichos enlaces. Si bien se trata una realidad más justa que la negación absoluta, muchos las consideran etiquetas para ciudadano de segunda clase. Y es que, en primer lugar, resulta absurdo intentar arreglar algo que no está roto y, peor aún, perder tiempo y energías en fabricar una solución poco satisfactoria, cuando conocemos la más adecuada.
El punto fundamental no reside en darle importancia al matrimonio, ya que el amor no requiere de papeles ni leyes, sino en reconocer que todos los seres humanos somos iguales y que la única razón para despreciar a alguien debería ser un comportamiento que atentara contra la libertad de otro ser vivo. De esta forma, no debería importar la religión, ni la sexualidad ni la raza de nadie, sino sus actos, su relación con la naturaleza.



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